Julio César MezzichDe ser la obra más conocida y celebrada de Cicerón a lo largo de la Antigüedad, De re publica (54 a. C.) desapareció a inicios de la edad media. Solo se sabrá de ella a través de los fragmentos que autores como Macrobio, San Agustín y Lactancio recogieron en sus propias obras. Afortunadamente el empeño de un diligente buscador de textos antiguos hizo posible su parcial hallazgo en 1819, cuando el religioso y filólogo lombardo Angelo Mai encontró en la Biblioteca del Vaticano (la que dirigía) un palimpsesto en el que se encontraba el primer libro de dicha obra casi completo y buena parte del segundo.

De un total de seis libros, lo que quedaba del tercero, cuarto y quinto sólo eran algunos párrafos y dos o tres páginas sueltas. Con relación al sexto, gracias a los comentarios de Macrobio había sobrevivido en una amplia gama de versiones bajo el título de El sueño de Escipión.

Curiosamente los siglos en los que la República estuvo extraviada coinciden con el auge del absolutismo. Igualmente es curiosa la coincidencia respecto al momento en el que es hallado, pues el siglo XIX vivirá una euforia de retorno a los valores del constitucionalismo republicano. Mas ello no significa que discursos como el de Catón el viejo hayan permanecido intactos. Como demuestra Maurizio Viroli, la transformación (o deformación) del republicanismo aconteció justo en el momento en el que el tratado dialogado de Cicerón se perdió.

Que se hable de transición de un republicanismo cuidadosamente cultivado en la edad media a la apuesta absolutista de la razón de estado no habla no sólo de un descuido, sino de un radical viraje. No en vano la institucionalidad republicana que tanto enorgullecían a Catón y a Escipión y que añoraban rehabilitar Cicerón y Bruto surgió en una ciudad, no en un estado. Desde ese cauce, la horizontalidad de la razón cívica no encajaba con la verticalidad de la racionalidad estatal. Ello muy a pesar de la presencia de los estamentos, los que por cierto la racionalidad estatal no pudo liquidar. Verdad, los privilegios de clase no fueron anulados por el centralismo absolutista. Únicamente desaparecieron cuando el liberalismo irrumpió en escena rehabilitando los principios republicanos de igualdad ante la ley y de ciudadanía portadora de derechos incluso anteriores y superiores al propio orden político.

Claramente los marcos institucionales que surgieron posteriormente al extravió de la República distaban in extremo de los que los últimos lectores de dicho texto pudieron catalogar como republicanos. Los hombres de las ciudades-repúblicas italianas del siglo XIII aún bebían de esa fuente, recreando (en preferencia a la alternativa absolutista aristotélica y romana imperial que defendió Tomás de Aquino) la idea de una res publica o bien común que tornaba a cada ciudadano en directo responsable de la suerte de su comunidad política.

Receptor de ese legado, el bajomedieval francés Jean Gerson no podrá concebir una sociedad auténticamente política ahí donde el gobernante se encuentra por encima de la ley. En cambio, para fines del siglo XVI la ciudadanía con derechos había sido suprimida tanto en los hechos como la propia retórica republicana. En esos hechos los reyes y príncipes imperaban. No los ciudadanos. Se hablaba de reinos y de estados, no de ciudades… aunque sí de repúblicas.

De modo palmario, el peso semántico de los argumentos ciceronianos fue extirpado. Precisamente por este último motivo la labor de redescubrir el libro que se encuentra atrapado debajo del texto que a primera vista se ve es más que importante. Y lo es no el sentido que los expertos en palimpsestos asumen, sino (como dice Viroli) por la ayuda que ese redescubrimiento podría brindar a quienes apuestan porque sea la libertad y no la imposición el fundamento del orden político.

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