El presente texto es un breve resumen de un trabajo mayor sobre el origen de la libertad moderna en el siglo XVII anglo-neerlandés, el mismo que sirvió de apoyo para la conferencia del 1 de septiembre de 2022 en el 11mo. Congreso Internacional “La Escuela Austriaca de Economía en el siglo XXI” realizado en la ciudad del Cuzco.

La libertad individual como un derecho, sin cargas estamentales y no tenida como un favor del poder, es claramente detectable en un espacio y en un tiempo determinado: el mundo anglo-neerlandés del siglo XVII. Y lo es dentro de un discurso igualmente concreto: el republicanismo, el mismo que en dicha centuria y jurisdicción es reformulado por un potente influjo comercial que rediseñó los marcos institucionales tradicionales imperantes a la vez que se sirvió de los mismos. Tal es el cauce y los soportes que dieron vida un tipo de libertad distante a lo hasta entonces conocido, pero que es perfectamente ubicable —tanto desde los discursos como desde los hechos— en las convulsas experiencias nacionales de Inglaterra y de los Países Bajos en los albores de la edad moderna.

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En 1621 el secretario de un aristócrata le pide una audiencia a su señor. El motivo: dar por concluida su relación de dependencia. Los personajes son dos caballeros ingleses: el duque de Buckingham y el filósofo Francis Bacon. En el presente esa solicitud sería una mera conclusión de una relación laboral, pero por aquel entonces ello aún distaba de ser tan simple. Como muestra de esto último, el duque acepta el deseo de Bacon y le requiere que le “devuelva” —entre otros bienes— la casa que ocupaba. El filósofo no puede creer lo que escucha. Dicho inmueble lo había heredado de su padre, por lo que rechazó lo pedido de la siguiente manera: La casa de York es la casa donde murió mi padre, donde di mi primer aliento y donde entregaré el último si así lo quiere Dios y el Rey me lo permite… ningún dinero ni nada de valor me hará desprenderme de ella.[1]

Obviamente estas palabras cayeron sobre el noble inglés como algo más que una insolencia. Empero, esta escena entre dos particulares iba más allá de lo anecdótico. Concretamente noticiaba el fin de una era que resentirá a la misma monarquía. Así es, las diferencias entre el duque de Buckingham y el otrora lord canciller de la corona era parte de un viraje social mayor.

Se está en el momento en el que la rancia aristocracia se ve desplazada por patricios burgueses. He ahí un discurrir que venía de tiempo atrás pero que se torna más intenso justo en el momento en el que el primer rey Estuardo (Jacobo I) despliega con mayor énfasis su predilección por el absolutismo, afectando el orden conocido. Un orden que precisamente se instauró —por la reina Isabel— para mantener un equilibrio entre los aristócratas de viejo cuño y los cortesanos de reciente data.

Si antaño con Isabel la corona contuvo su poder para no afectar ese equilibrio, con Jacobo eso se tiene como cosa del pasado. De ser parte de una commonwealth, el rey entiende que ahora él está por sobre ella. No se asume como un primus inter pares, sino como un rex legibus solutus (un rey exento de cumplir la ley). No le acomoda que su regia investidura esté inserta dentro de una república, que fue lo que los juristas isabelinos diseñaron para una mejor convivencia. Para Georges Buchanan (fracasado maestro de Jacobo), esa era la garantía de la libertad de la comunidad de ciudadanos.[2] Ciudadanos ahora más libres que los súbditos de antaño, asaz sobrecargados de obligaciones feudales.

Como toda crisis bien aprovechada, esto hará que la aún vigente Magna Carta Libertatum de 1215 recobre vitalidad. Un suceso que en sí distó de ser una completa novedad, pues —como en ese periodo— ya a fines del siglo XV se soportó una recomposición estamental que activó un proceso que desembocará en la acusada legalidad isabelina que afectará su original raigambre feudal por otra patrimonial individualista.[3] Entrado ya en el siglo XVII, ese viraje alterará los discursos políticos y la propia lectura de la constitución.

Aunque las bases doctrinarias poco tengan de nuevas, abiertamente se estaba ante la puja por un consenso más extenso. En ese contexto, los sectores emergentes harán suya la teoría de la soberanía popular pero apoyándose en el constitucionalismo isabelino.[4] Desde ese impulso —ya con Carlos I en el trono—, el mayor vocero de la causa parlamentaria la expondrá ante una nueva exigencia de la corona por ampliar sus prerrogativas y aumentar la carga tributaria. Como miembro de una familia promitente de Sussex —hijo de un exparlamentario y abogado—, Henry Parker la opondrá al intento del monarca de imponer el ship money en 1630 (un impuesto a cada embarcación que llegaba a un puerto inglés).[5]

Quentin Skinner dice que el ataque más influyente contra el rey será suyo, quizás el primer pensador contractualista —de traza aristotélica, asienta Michel P. Zuckert— de Inglaterra.[6] Sin duda, he aquí el miembro más destacado de los despectivamente calificados por Thomas Hobbes en su Behemoth (1681)— como “caballeros democráticos”. El líder de los comunes que —apelando a la soberanía popular— cortará el nudo gordiano que recubría de divinidad al poder regio. Adscrito al rigor cortesano, Hobbes comprueba que la composición parlamentaria responde más a una oligarquía —plagada de intérpretes legales, sean auténticos juristas o meros gentileshombres— que al viejo esquema estamental y monárquico.

Desde Enrique VII el asomo de nuevos actores (la gentry) irá modificando el escenario político. La institucionalidad se reacomodará a los portadores de privilegios de reciente data. Con Enrique VIII e Isabel la Cámara de los Comunes —conformada básicamente por nóveles terratenientes— se alza con el poder supremo de la nación.[7] Ese es el valor de Behemoth, donde Hobbes precisa que los mercaderes son los que empujaron las circunstancias hasta desembocar en una guerra civil que terminará con la decapitación de Carlos I. La institucionalidad que exijan será de provecho para los que entienden a la sociedad como un mercado.[8] Como lo señaló Henry Spelman en su History of Sacrilege (1632): Dios en venganza les ha arrebatado los antiguos Honores de la Nobleza y se los ha entregado a las personas más bajas, a tenderos, taberneros, sastres, comerciantes, burgueses, cerveceros, pastores.[9] (sic)

La movilidad social hace crujir las amarras de la commonwealth isabelina. El cada vez más creciente desarrollo comercial alienta el desborde.

Si a inicios del siglo XVI Francisco de Vitoria ofrecía una noción de ius communicationis que sirvió para justificar la entrada de los conquistadores castellanos al Nuevo Mundo, ese argumento Hugo Grocio lo aprovechará en el siglo XVII para vislumbrar que el equilibrio del que se da en los negocios mercantiles a escala internacional muy bien podían servir de ejemplo de que algo similar podría darse dentro de las propias estructuras de la política interna. Ya que Grocio vivía en una república adscrita a la tradición edil bajomedieval, al comercio a gran escala y que carecía de soberano, era lógico que el proceder de éste último (que era obedecer leyes de la naturaleza mientras que sus súbditos obedecían las del monarca, según Jean Bodin[10]) se muestre liberal. Por ende, como neerlandés ofrece una lectura de los comportamientos virtuosos más amplia que la de los demás publicistas de su tiempo. Y siendo que en la tradición republicana el lenguaje es el de los derechos,[11] será comprensible que por esa plataforma las reivindicaciones de los nuevos actores sociales se expresen. De ese modo, será la intensificación del comercio el que obsequie un vigoroso iusnaturalismo desde sus reclamos en aras de la abolición de obstáculos.

A decir del título de un subcapítulo del libro de Rachel Foxley The Levellers: Radical Political Thought in the English Revolution (2016), estamos en el momento en el que se “saca de la manga” una tradición radical del pensamiento de derecho consuetudinario. Sin ironía, una “tradición novedosa”. Ello porque abrió una veta de interpretación legal para arremeter contra los privilegios. La celebridad de Edward Coke es de esa hora. El empleo de su interpretación del common law por parte de los niveladores ingleses (los levellers) —a través de un lenguaje cargadamente iusnaturalista— lo demuestra.[12] Contra lo que sostiene F. A. Hayek en el primer volumen de Law, Legislation and Liberty (1973), esa visión no será parte de ninguna evolución liberal de una “antigua costumbre jurídica”. Como lo sostuvo J. G. A. Pocock en The Ancient Constitution and the Feudal Law (1957), esa fue la idealización de una “novedad” surgida del fragor de la lucha coyuntural entre dos poderes (la corona y los nobles de reciente data) al grado —dirá Ronald Hamowy— de no resistir el escrutinio histórico.[13]

Si para personajes como Parker el pueblo es el verdadero dueño del poder, entonces estamos ante el que prefiere duques electivos a reyes hereditarios.[14] Para hombres como él ese tipo de gobiernos existían básicamente para proteger derechos individuales y no sólo para limitarse a apaciguar la conflictiva relación entre los diferentes miembros del reino. Empero, a esta tesis de los comunes los levellers le harán una precisión: el Parlamento sólo es una asamblea de los intereses de sus representados. Por ende, son estos últimos los auténticos soberanos.[15]

En An Arrow Against All Tyrants (1646) el nivelador (o leveller) Richard Overton —un puritano con un aparente paso por Cambridge y que al parecer vivió sus primeros años en los Países Bajos, desde donde exportaba literatura antipapista— sentenció que cada hombre por naturaleza es un rey, sacerdote y profeta. Será en ese folleto donde se presente el concepto de autopropiedad (self-ownership) por primera vez, diciendo que cada persona tiene por naturaleza una propiedad individual que no debe ser invadida ni usurpada por nadie.[16] Por ello los parlamentarios no podrán ir más allá de los derechos naturales de los que los han elegido. Como John Lilburne concibió, eran simples comisionados que no pueden legislar más allá de los derechos de sus electores.[17] Aunque aún legislar era una rareza, la razón se impone. Para el militar demócrata Thomas Rainsborough, el hombre más pobre en Inglaterra no está sujeto a un gobierno sobre el que no ha tenido nada que decir.[18]

No obstante lo anotado, los levellers fueron encapsulados como un todo de radicales protocomunistas. Sin duda estos estaban presentes —en su De Cive de 1642 Hobbes ataca sus argumentos de un derecho en común a todas las cosas—, pero no en la cantidad e importancia que los actuales partidarios de la igualdad social y las medidas redistributivas han imaginado.[19] Destacados niveladores como Overton, Lilburne y John Wildman —también aparentemente de Cambridge[20]— defendieron la propiedad privada. Distintos fueron los diggers (los cavadores), que propugnaron su abolición para proceder a la colectivización de la tierra. En cuanto a la denominación de levellers, Lorenzo Sabbadini informa que surgió a fines de 1647. Recuerda que en una editorial firmada por Marchamont Nedham en el diario realista Mercurius Pragmaticus se dice que fue el propio Carlos I quien les obsequió ese nombre, ridiculizando su apego a que todos sean tratados bajo una única legalidad. ¿Evocaba al desaparecido Coke, el cabecilla de la Petition of Rights de 1628? Es decir, clamaban por igualdad jurídica. Curiosamente con ello se los condenará a la marginalidad, a tal grado que 1792 Thomas Paine rechazará esa procedencia cuando defienda el sistema de los Derechos del Hombre.[21]

La discusión sobre el ship money y el control de la milicia afinó en grado sumo la convicción de que la libertad se afectaba por la sola presencia de un soberano omnímodo. En medio de una commonwealth económicamente pujante y a la vez altamente sensibilizada por décadas de pugnas entre el rey y el Parlamento, asomó en el debate público una libertas ligada a la propiedad que redefinió el hasta entonces gótico constitutional feeling del pueblo inglés. Un “pueblo” que ahora era más amplió y contestatario y no una mera convención de notables.

La ligazón de esta novedad al individualismo de los levellers es justa, pero no eran los únicos que la patrocinaban. Como una especie análoga al contemporáneo Tea Party estadounidense, muchos fueron los que tuvieron voces similares a su retórica principista. Otros —como los independientes— participaban de ella en su cometido de no estar atados a la voluntad ajena. Distantes de llegar a ser un grupo homogéneo, estamos ante quienes emplearon el discurso republicano en virtud a las lecturas clásicas —profundas o no— que acaso bebieron en su educación inicial pero con un matiz individualista. Aunque también podríamos tenerlos meramente como una variante de un republicanismo afín a los propios cambios de una sociedad en proceso de insertarse en aquella modernidad temprana que exigía despojarse de pesados lastres. Por eso tenemos aquí a actores antes invisibles o soslayados que ahora conciben la libertad a través de la tenencia de una heredad, el poseer derechos en el campo mercantil o por el sólo hecho de ser capaces de trabajar por cuenta propia.[22] Un abanico de poseedores de capital que alentará la autonomía de los privados y redimensionará lo público.

En medio de un panorama sobrecargado de religiosidad, se reclama un nuevo contrato social luego fin de la guerra civil. Entre furores apocalípticos, se coloca al país en estado de naturaleza. El Agreement of the People (1647) de los levellers (una franca antinomia en relación con la Ancient Constitution) tiene esa pretensión. En ese documento se plasman sus anhelos políticos: soberanía del pueblo, supremacía del Parlamento (elegidos cada dos años, con atribuciones legislativas y ejecutivas), extensión del sufragio a todos los hombres adultos no asalariados, completa tolerancia religiosa, democratización de los altos cargos del ejército (vía elección popular) y la existencia de único impuesto (a la propiedad).[23]

Eso es lo que ofrecen los debates de Putney, los que se dieron justamente para poner al día la Carta Magna luego de la toma de Londres por los ejércitos rebeldes a la corona en agosto de 1647. En ellos su líder Rainsborough fue explícito: Si el voto se restringe a la clase de los propietarios, ¿me gustaría saber para qué luchó el soldado durante todo este tiempo?[24] Obviamente estaba intercediendo por unos actores sociales que hacían valen sus derechos ganados en el campo de batalla, pero en este caso de derechos que apuntaban más a su autonomía personal que a exigencias comunales o a afanes depredadores. La demanda inclusiva es palmaria, y por voz y acción de los propios interesados que rescataban para sí —en clave iusnaturalista— el legado de los nobles que en 1215 doblegaron el orgullo del rey Juan y le hicieron firmar la Magna Carta Libertatum.

Será esta laxitud de quien es capaz de convertirse en un capital mueble para a la vez decirse “hombre libre” lo que nos lleva a las fuentes de aquella libertas que defenderá el liberalismo. Esa libertas que limpiará el terreno para —en palabras de John Hall—hacer que mi vida sea tan feliz y ventajosa para mí.[25] Será este intento de patrimonializar las relaciones sociales —como sucedió en Roma con la institución del “cliente”, una idea que los griegos emplearon para abrogar la esclavitud por deudas— la innovación que afectará al republicanismo.[26] Siguiendo a Foxley, desde entonces el hecho de haber nacido en Inglaterra obsequiaba la convicción en el hombre común que se nacía libre. Propiamente una libertad singular, inglesa por demás. En palabras de Overton en 1646: somos hombres de la era actual y debemos ser libres.[27]

Si para Thomas Smith la clase más baja de los hombres libres carecía de voz en la riqueza común del país,[28] ahora eso quedaba en el pasado. Nacía una ciudadanía sin parangón en la propia Inglaterra ni en ningún otro lugar, aunque Lilburne —apoyándose en los escritos de Coke— evoque a Cicerón y su afirmación de que es el vivir bajo el amparo de la ley lo que da esa condición.[29] Así, vender la fuerza de trabajo y el producto de éste pasó a ser un acto de magna liberación. Reivindicando el orbe de los meros particulares, los levellers lo defenderán como parte de un bien social que llegará hasta el lejano Paine. Para éste todo hombre es propietario en la sociedad y utiliza ese capital porque tiene perfecto derecho a él.[30]

Si en sus proclamas los levellers empleaban la retórica republicana de una igualdad que renegaba de la desmesura plutocrática y que algunos de ellos participaban de un iusnaturalismo activador de posturas que ayudó a crearles la imagen de demócratas radicales, eso no anuló el núcleo patrimonialista de su argumentación. Además, no se debe dejar de advertir que se vivía bajo un régimen de privilegios. Imperaba el mercantilismo, no el librecambio; el favor palaciego, no el rule of law; el clasismo, no el igualitarismo legal. Y en este último rubro los levellers no estaban “curados” del todo, pues concebían que únicamente el titular de una propiedad fija tenía derecho a la ciudadanía plena no obstante su idea-fuerza de self-ownership.[31]

La relevancia de estos discursos y acciones estuvo en que sobrevivieron a la disolución de los levellers.[32] Su influencia fue de tal peso sobre los republicanos que modificarán el republicanismo mismo. Cuando hacia 1649-1650 los levellers se apaguen —o sean “apagados” manu militari por el propio Thomas Cromwell y sus generales—, su savia permanecerá inserta en medio de las relecturas —por las nuevas generaciones— de los argumentos de celebridades como Cicerón, Tácito, Salustio y Maquiavelo. Como resalta Sabbadini, ello le permitió a un sofisticado propagandista como Nedham —cercano a los levellers en su mocedad— atraer un público más numeroso del que sólo gustaba saber de los clásicos directamente. Estos autores subsistían, pero ahora requeridos para una relectura de la coyuntura.[33] Como expresó C. B. Macpherson, estamos ante quienes allanaron el camino involuntariamente hacia Locke y la tradición whig.[34] Si la restauración monárquica de 1660 hace declinar el alegato de una autopropiedad afín a la libertad, los publicistas whig —entre ellos Locke— la restablecerán a fines del siglo XVII.

Ya que a secas la noción de propiedad hacía evocar a la élite terrateniente, la puntualización de la propiedad surgida del trabajo evoca a la burguesía. Antes de los levellers la visión de que el trabajo era una mercancía estaba presente. Hobbes la recogió desde su zoológico análisis de la sociedad humana. Para él el hombre sí tenía precio.[35] Reacio a esa crudeza, Locke juzgará que la vida seguía siendo sagrada e inalienable a pesar de compartir la mercantilización del trabajo tanto como el efecto alienante de quien recibe un salario para la mera subsistencia. Mantiene el discurso elitista. Como puntualizó Pocock, Locke fue un caballero hijo de un caballero.[36]

Sin reparar que se estaba en una sociedad en transición de buscar medir a todos por igual, Macpherson dirá que ello demuestra la confusión que existía en su mente entre los valores tradicionales residuales y los nuevos valores burgueses. Solo hay que precisar que esos valores tradicionales residuales abarcan desde el legado reglamentarista bajomedieval, las cargas comunales, el estamentalismo, las dádivas cortesanas y el rigor aristocrático. Y todo envuelto en una nube de oscurantismo teocrático que la extravagante costumbre de la corrupta razón licuará, no sin dejar brumas.[37] Salir de esos ámbitos sin la menor perturbación era imposible, por lo que quizás en esa salida se arrastre la ingenua convicción —que llegará hasta los antagónicos Edmund Burke y el ya citado Paine— de que hay un orden natural susceptible de ser repartido.[38]

Pero el iusnaturalismo del siglo XVIII distaba del dado en el siglo XVII, donde tuvo su mejor momento. En sí la presencia del antes referido Grocio informa su apogeo, el que se insertó dentro del discurso republicano en su propio país (las Provincias Unidas de los Países Bajos) con mayor solvencia que en Inglaterra.[39] Al respecto, quizás la obra de los hermanos neerlandeses Johan y Pieter de la Court sea la más clara expresión de ese nuevo republicanismo (con su novedosa libertad a cuestas).

Para furia de los clérigos calvinistas, este nuevo republicanismo se acomodaba plenamente a un tempo socialmente reactualizado. Desde la convicción de que los temas del buen gobierno responden a circunstancias específicas —con gente real, atiborradas de pasiones y afectos personales—, no hay lugar para las especulaciones etéreas. Como Baruch Spinoza lo expresará desde su rigor geométrico: pensar con ilusión es inútil. Esto es puro Nicolás Maquiavelo, el de El príncipe (1513). En términos de los De la Court: Como en el juego de la pelota, en política uno debe de golpearla como viene, no como se desea que venga.[40] Como subraya Wyger R. E. Velema, los teóricos neerlandeses no operaban en aislamiento. Así como durante la lucha contra Felipe II en el siglo XVI usaron los argumentos de los hugonotes, en el siglo XVII tomaron prestado el republicanismo maquiavélico, la psicología cartesiana y la filosofía hobbesiana.[41] Eco Haitsma Mulier le agregará la influencia del “mito de Venecia” a través de las obras de Gasparo Contarini y Donato Giannotti, recalcando la deuda con el lenguaje del republicanismo clásico y su propia tradición política.[42]

Arthur Weststeijn dirá que la fama de Interest van Holland (1662) de los De la Court activará un cotejo de posturas a la par que una invitación al debate a los sectores republicanos más extendidos, como el de los próximos a Spinoza. Con más énfasis, se descontaba un intercambio de opiniones fuera del círculo oligárquico gobernante. El objetivo de publicarlo (en una de sus ediciones) por el gobierno de Johan de Witt era invertir los valores guerreros y teocráticos de los calvinistas para trocarlos por un consenso republicano-comercial.[43]

Del elogio a la individualidad del príncipe se pasa a elogiar las virtudes del hombre común. Las apologías aristocráticas que proclaman que nacer para ser número es de la plebe y que la sin­gularidad es de los príncipes comienzan a replegarse. El honor deja de ser exclusividad de los nobles. Como advirtió Francesco Guicciardini, esta forma de interés propio del comune no es malo en sí mismo. En su Ricordi —escrito en 1530, pero publicado en 1576— fue explícito: debemos aprender cómo vivir en una ciudad corrupta.[44] Para él la naturaleza humana es esencialmente egoísta, aunque midió ese factor desde la perspectiva del honor aristocrático —y por lo mismo, con escepticismo y desencanto—.[45] Como remarca Rudi Verburg, esto no es más que el uso del lenguaje del comercio trasladado a la política.[46]

Indudablemente plantear los asuntos públicos a partir de la lógica del interés incita a un corpus social que de plano renuncia a lo místico, lo que en el siglo XVII —ante el colapso de la hegemonía de la Iglesia católica y las subsiguientes guerras de religión— no era cosa menuda. La suma de individualidades no se tiene —ni tendrá— como equivalente al espirituoso bien común. Esa es la razón por la que para John P. McCormick será mejor hablar de un momento guicciardiniano antes que maquiavélico, pues será la franca interpretación mercantil del patricio florentino la que trascienda y se convierta en la precursora de las modernas democracias liberales.[47] Si para los republicanos clásicos la participación activa en la vida cívica requería la posesión de la virtud, para los nuevos republicanos la búsqueda de intereses exigía igual preeminencia. ¿Podrán convivir? Esa será la interrogante mayor. En línea directa con Leonardus Lessius, Grocio y su contemporáneo Samuel Pufendorf —herederos de la tradición moral y legal bajomedieval, en particular la hispana—, un hijo de mercaderes navieros sefarditas (Spinoza) juzgará a la utilidad en un grado tal que determinará la conducta de las personas.[48]

Hans Blom expresa que en los Países Bajos protestantes la práctica republicana superó a la teoría republicana.[49] Y desde un siglo atrás. Si la terrible hambruna que en 1540 devastó a España empujó a Domingo de Soto a vislumbrar que la libertad personal ayudaba a los pobres a superar su desventura, el ejercicio cotidiano de esa libertas enriqueció a ciudades como Ámsterdam —víctima de una gran peste en 1575— mientras los funcionarios españoles —que desoyendo a autores salmantinos como De Soto— partían de la convicción de que había que controlar los movimientos de los pobres en todos sus dominios.[50] Propiamente lo que acontecía en ese país era un cambio total de paradigmas, pero sirviéndose de instituciones conocidas, respetadas y queridas. Esa libertad sin obstáculos que Hobbes refirió desde su fascinación por las ciencias puras era lo que lo permitía. Así, el principio de que todo lo que es contra la naturaleza es contra la razón[51] no es más que el sentir de una época que exclama en los hechos que había que sacudirse de todo estorbo. El régimen neerlandés de la verdadera libertad (ware vrijheid) de De Witt (1650-1672) representó esa exigencia.

Dado que el florecimiento económico y social neerlandés tenía su fuente en los negocios a gran escala, era ilógico que se tuviera a la propiedad como parte de lo que entorpecía las libertades del hombre. Pero ello no evitó que algunas voces dentro del republicanismo argumentaran en ese sentido.[52] Las menciones igualitaristas materiales de Spinoza no eludirán ese legado, pero perfectamente se las puede tomar como expresiones sueltas que colisionan con su postura en favor de un gobierno regentado por los capitanes del comercio internacional.[53] Su amor por Ámsterdam se apoyaba en una oligarquía que se llamaba democracia porque las democracias exitosas siempre tuvieron esa característica. Además, ¿no es esa la “comunidad de iguales” donde la razón tiene mejores posibilidades de imperar? Para él esta república de mercaderes sabe bien las bondades de un directorio con plena capacidad de acción, capaz de imponerse a cada accionista por el bien de la empresa. Su liberalismo va por esa vía, que es la que reclamó para la verdadera libertad de De Witt.

Aunque la terminología hobbesiana lo presente más proclive al autoritarismo de lo que era, en su inmersión republicana Spinoza buscó darle a los antimonárquicos neerlandeses (enemigos de la casa de Orange y de los calvinistas) un soporte filosófico a su particular experiencia de gobierno. No podemos hablar de que éstos se embarcaban en una completa novedad, porque Venecia —como otras repúblicas de mercaderes— era desde hace siglos un estado comercial pujante donde el civismo lo marcaban los hombres de negocios. Catherine Secretan dice que, más que nuevas fórmulas, lo nuevo fue el empleo de determinado lenguaje para explicar su particular experiencia republicana.[54] Sin duda el influjo cientista tiene un peso significativo —sino preponderante—, pero quizá no tanto como el discurso iusnaturalista. Como en la Italia bajomedieval, se vuelve a demostrar que el republicanismo se acomoda a las reivindicaciones patrimoniales con suma facilidad porque simple y llanamente fue creado con ese fin. Más que las rigideces que se le ha buscado achacar, será esa savia la que le brinde aquella flexibilidad que le permite adentrarse en diferentes constituciones y arreglos institucionales.[55]

Acaso imitando a la virtus que Maquiavelo recogió de la antigua Roma, la vitalidad empresarial neerlandesa demandó una libertas (y virtus) análoga. Únicamente había que evitar que ella se pierda con neronianas obras de teatro y corruptoras peleas de gladiadores. Como al otro lado del mar dijo Algernon Sidney, la gloria, la virtud y el poder de los romanos comenzaron y terminaron con su libertad.[56] Los “romanos neerlandeses” tenían plena conciencia de ello. La invocación a la verdadera libertad correspondía a ese celo, aunque matizándolo con el apego a Atenas y con el recuerdo de Batavia. Así pues, se sabían lo suficientemente aptos como para reclamar —por intermedio de Cicerón— ese legado. A pesar embargarse de orgullo por sus antepasados, recrearon su lucha de independencia contra España como si esta hubiera sido la Roma imperial —la que sacrificó a Cayo Julio Civilis, su máximo héroe aborigen de nombre latino—. Se tuvieron como nuevos romanos. Obviamente, nuevos romanos republicanos.[57]

En el remoto siglo I Livio había enseñado que la libertas no era patrimonio de todo los pueblos. A su entender, para soportarla era necesario una preparación previa. Es decir, para ser libre había que gozar de la fraternidad antes que de la discordia, de la tolerancia, la cooperación y la complacencia en vivir en el mismo suelo donde moraron los ancestros. Sólo si se lograba esto se podría merecerla, pues la libertad exige una sociedad ya fuerte.[58] En esa línea, en su Historia de Florencia (1525) Maquiavelo había recordado la conversación que Rinaldo degli Albizzi mantuvo con un papa, donde el enemigo de los Médici dijo que sólo es apetecible una patria en la que uno pueda disfrutar tranquilamente con sus bienes y con sus amigos, no aquélla donde los bienes te pueden ser arrebatados sin dificultad y donde los amigos, por miedo de su propio mal, te abandonan cuando más los necesitas.[59]

Los “derechos naturales” que Spinoza y Locke preferirán no sacrificar en favor del gobierno están ahí, son un logro ex ante. La nomenclatura puede confundir, pero el fondo del argumento es evidente. La commonwealth es sólo un árbitro. Los hombres renuncian a ejercer justicia por propia cuenta para someterse a un tercero imparcial.[60] El razonamiento es puramente instrumental. Frente a un estado que ha ido absorbiéndolo todo a su paso, bien se puede señalar que la política en su sentido más puro sobrevivirá en el discurso iusnaturalista y atomista. El republicanismo de Bernard Mandeville responderá a ese sentir.[61]

Innegablemente con los republicanos neerlandeses la ecuación lockeana “más estado” es igual a “menos derechos” —la que también la manejó Sidney a través de Grocio[62]— está más que presente. Pieter de la Court la asienta en las conclusiones de Interest van Holland, remarcando que ello es más notorio en repúblicas que —como la suya— subsisten por los oficios de fabricantes, pescadores, mercaderes, navieros y demás afines al comercio.[63]

Por lo hasta ahora indicado, ¿la oligarquía comercial neerlandesa y la burguesía inglesa fundaron el nuevo republicanismo? Si lo hicieron, no se comportaron de forma diferente a sus pares de las ciudades bajomedievales. Por lo mismo, ¿la libertad que aquellos enriquecidos mercaderes defendían era la de los romanos?

Para demostrar su antiguo apego por la libertas, los hermanos De la Court sostendrán —como Grocio— que las Provincias Unidas son directas tributarias de una larga tradición republicana. Mas para salvaguardar su singularidad frente a Inglaterra, prefieren reivindicar la democracia ateniense —que la tienen como afecta al comercio— antes que a Roma. La verdadera libertad siempre insistió en su apuesta por el demos. En su caso, el demos de hacedores de economías. Siguiendo la senda trazada por Maquiavelo —la que a la vez fue reafirmada por Hobbes y Grocio—, la virtud de la república estará en el equilibrio político (politike weegschaal) que se de entre el bien de los particulares y el de la comunidad.[64] Aunque ahora el énfasis es palmario: el interés privado es el mismo que el público.

El optimismo respecto a este factor alcanzará la cumbre con Mandeville, quien ofenderá los oídos del que más tanto en su tierra natal como en Inglaterra. Consiguientemente el discurso sobre las virtudes ciudadanas da un viraje total. Estas ya no serán coto cerrado ni don de pocos. Ahora todo ciudadano libre las puede alcanzar gracias a la noción de igualdad ante la ley. Pieter de la Court le informa de ello a James Harrington, quien planteó un esquema institucional de incentivos partiendo del egoísmo hobbesiano que desembocará en el descarnado racionalismo de James Madison.[65] Su sentencia de que la ambición debe ponerse en juego para contrarrestar a la ambición responde a esa estirpe que —desde Maquiavelo— hizo añicos el canon de la política clásica con su necesidad de hombres providenciales y gobernantes virtuosos.[66] Desde entonces, ya no era imposible que una ciudad bien ordenada estuviera gobernada los no virtuosos.[67]

Si hasta entonces —como rezaba el mito de Venecia— el republicanismo junto con el comercio fundaban unas reglas de juego ad hoc… ¿ahora era menester un “arquitecto político”; ergo… un legislador?

Esto último hace que Harrington sea un cuerpo extraño dentro del republicanismo, sea el clásico o el moderno.[68] Y más aún si de admiradores de Venecia se trata, pues —influido por Bacon— lo que él ofrece es vulnerar la dinámica de las repúblicas comerciales. Cuando expresa que si el mar puso leyes al crecimiento de Venecia, su Oceana le podrá leyes la mar,[69] ofrece una disidencia. Igual hará con la historia, que la convertirá en sierva de la política.[70] A diferencia de los partidarios de la verdadera libertad neerlandesa, para Harrington la libertad republicana y el libre cambio no irán necesariamente unidos. No comparte el aserto de que el buen gobierno ya no depende de unos cuantos virtuosos ni que dicha cualidad se ha extendido al demos. No lo tiene a éste como depositario del verdadero interés de la nación, por ello de la necesidad de normas que se superpongan a los asuntos privados. Su afecto por la deliberación no es incluyente. En conclusión, no considera que sean estos los que generen el beneficio público.

Contrarios a Harrington, los De la Court —siguiendo el legado de Maquiavelo y Guicciardini, entre otros[71]— concebirán un orden de mercaderes donde la razón de estado sólo servirá para incrementar los negocios y ampliar personales campos de acción. Sobre esa base es que De Witt (el equilibrador) termina siendo erigido como el fundador de la democracia moderna al consagrar a Ámsterdam —como antes se consagró a Venecia— en una ciudad-bazar a la par que el asilo más seguro dentro de una Europa intolerante.[72] La primacía de la libertad negativa —directa tributaria del republicanismo romano— sobre la positiva —según la calificación de Isaiah Berlin de 1958, apoyado en Benjamin Constant[73]— dio viabilidad a la modernidad, que es el imperium de la autonomía individual. Por lo dicho, ¿dónde está la traición de este republicanismo anglo-neerlandés contra el republicanismo clásico?

Si el quid del asunto estuvo en que privilegiaron lo práctico por sobre lo principista, hay problemas de compresión histórica. Ello porque en la propia república romana ese tipo de superación de entuertos fue una constante. Y de tan reiterado uso que caracterizó a los romanos como un pueblo práctico, lo que nunca los descalificó como republicanos. Republicanos que llegaron al extremo de dar vida al imperio con tal de poner a buen recaudo a la república. ¿No escribía un celoso dogmático republicano como Sidney que hay que buscar cuáles son las mejores provisiones para la obtención de la justicia y la preservación de la libertad?[74] Más bien lo que sí puede ser tenido como nuevo en este republicanismo es que se hayan basado en la negociación, la urbanización y la paz.[75] Y junto a ello, la idea fuerza de una libertad sin obstáculos, lo que desembocará en la precisión de Locke de que el objeto de la ley no es abolir o restringir sino preservar y extender la libertad.[76]

Partiendo de éste último factor, Pieter de la Court concebía que en este mundo malvado la mayoría de los hombres se inclinan para promover su interés sin importar la mano, el sello, el juramento o incluso la eternidad misma.[77] Quizás este descarnado parecer que hizo famosos a Maquiavelo y Hobbes sea el que mejor defina este nouveau régime. Es esa libertad zoológica (natural) y alejada de la virtud clásica la que el republicanismo anglo-neerlandés defenderá, la que por su complexión invoca una libertad mucho más amplia (para todos los ciudadanos) a la que conocieron las urbes oligárquicas y que reformará profundamente las costumbres. Al tomar este punto de partida, los hermanos De la Court recrearán el republicanismo de cara a la modernidad.

Por intermedio de este discurso los derechos civiles y patrimoniales alcanzaron una autonomía casi olvidada desde los días del ius quiritium romano. Aunque nunca consiguieron análogo grado de protección legal —pues la calidad de amparos jurídicos en favor de los quirites no han vuelto a ser superados—, compartieron su origen plutocrático.[78] A pesar de ello, se asumió un gobierno supeditado a salvaguardar intereses ciudadanos de manera extendida. En A Letter Concerning Tolerance (1689) Locke precisó que estos eran la vida, la libertad, la salud, la quietud del cuerpo y la posesión de cosas externas tales como el dinero, las tierras, las casas, los muebles y otras similares.[79] El que cada quien disfrute pacíficamente de sus bienes no tiene por qué perturbar a la república. Ello sólo sucede cuando el gobernante derrocha el tesoro público y ejerce violencia para su personal festín.[80]

Como hemos visto, la génesis de la libertad moderna en el siglo XVII no es accidental. Responde al escenario que la modernidad ofrece, donde las personas adquieren relevancia social por su traza individual antes que por pertenecer a estamentos o colectivos. Propiamente es una época de definitivas rupturas, de superaciones que le dan una remozada dimensión al appetitus societatis que hasta entonces muchos entendían bajo los rigores de una cristiandad homogénea y una civilidad restringida. Por lo mismo, un orbe donde lo particular era en sí ofensivo, el interés personal pecado y lo privado un elemento disociador.

[1] Vid. David Wootton, «Francis Bacon: Vuestro flexible amigo», en Laurence Brockliss y John Elliot (eds.), El mundo de los válidos, Taurus, Madrid, 1999, pp. 265-292.

[2] Vid. Georges Buchanan, De Jure Regni Apud Scotos. A Dialogue Concerning the Rights of the Crown in Scotland, Portage Publications, Colorado Springs, Colorado, 2016, p. 80.

[3] Cfr. Thomas Maissen, «Repúblicas y republicanismo. Realidades, terminología y enfoques» en Manuel Herrero Sánchez (ed.), Repúblicas y republicanismo en la Europa moderna (siglos XVI-XVIII), Fondo de Cultura Económica/Red Columnaria, México, D.F., pp. 104-105.

[4] Cfr. Jonathan Scott, Commonwealth Principles. Republican Writing of the English Revolution, Cambridge University Press, Cambridge, 2004, pp. 36-37 y 191-192.

[5] Vid. Lorenzo Sabbadini, Property, Liberty and Self-Ownership in the English Revolution, Thesis submitted for the degree of Doctor of Philosophy, University of London, London, 2013, p. 42.

[6] Quentin Skinner, «La libertad de las repúblicas: ¿un tercer concepto de libertad?», en Isegoría, N° 33, 2005, pp. 35-36 y Michael P. Zuckert, Natural Rights and the New Republicanism, Princeton University Press, Princeton, New Jersey, 1994, pp. 72-73 y 75.

[7] Vid. J. G. A. Pocock, La Ancient Constitution y el derecho feudal, Tecnos, Madrid, 2011, pp. 55, 130-131, 133 y 153-154 y Rachel Hammersley, James Harrington: An Intellectual Biography, Oxford University Press, Oxford, 2019, pp. 101-102 y 185.

[8] Cfr. Richard Aschcraft, «Ideology and Class in Hobbes’ Political Theory», en Political Theory, Vol 6, N° 1, February, 1978, pp. 46-47.

[9] Cit. J. G. A. Pocock, op. cit., p. 129.

[10] Jean Bodin, Seis libros de la república, II.2, 34-35.

[11] Vid. J. G. A. Pocock, «Virtues, Rights, and Manners. A Model for Historians of Political Thought», en Political Theory, 9 (3), August, 1981, p. 353.

[12] Rachel Foxley, The Levellers: Radical political thought in the English Revolution, Manchester University Press, Manchester, 2016, pp. 91-92 y 100. Vid. J. G. A. Pocock, La Ancient Constitution y el derecho feudal…, p. 140 y 333.

[13] J. G. A. Pocock, id., pp. 24-26, 32-33, 38-39, 44-46, 49, 53, 59 y 100, 114-116 y Ronald Hamowy, «F. A. Hayek and the Common Law», en Cato Journal, Vol. 21, N° 2, Fall, 2003, pp. 242-243 y 246, 257-258 y 260-262.

[14] Cfr. Quentin Skinner, op. cit., p. 37.

[15] Vid. Lorenzo Sabbadini, op. cit., pp. 26, 45-46, 71 y 75.

[16] Lorenzo Sabbadini, op. cit., pp. 73-75 y Rachel Foxley, op. cit., pp. 8, 123 y 139.

[17] Vid. Lorenzo Sabbadini, id., p. 76.

[18] Cit. Ángel Alloza Aparicio, «La monarquía católica y la Commonwealth of England», en Manuel Herrero Sánchez (ed.), Repúblicas y republicanismo en la Europa moderna (siglos XVI-XVIII), Fondo de Cultura Económica/Red Columnaria, México, D.F., 2017, pp. 354-355.

[19] Vid. Thomas Hobbes, De Cive, 1, 11 y Christopher Hill, La revolución inglesa. 1640, Anagrama, Barcelona, 1977, pp. 84-86 y 101-102.

[20] Vid. Rachel Foxley, op. cit., p. 200.

[21] Cfr. Lorenzo Sabbadini, op. cit., p. 87; Rachel Foxley, op. cit., p. 113 y Thomas Paine, Derechos del hombre. Respuesta al ataque realizado por el Sr. Burke contra la Revolución Francesa, Alianza Editorial Madrid, 1984, p. 178.

[22] Cfr. C. B. Macpherson, La teoría política del individualismo posesivo. De Hobbes a Locke, Trotta, Madrid, 2005, pp. 150 y 152.

[23] Cfr. J. G. A. Pocock, El momento maquiavélico. El pensamiento político florentino y la tradición republicana atlántica, Tecnos, Madrid, 2008, pp. 458-459.

[24] Cit. Lorenzo Sabbadini, op. cit., p. 90.

[25] Cit. Jonathan Scott, op. cit., pp. 156-157.

[26] Cfr. Lorenzo Sabbadini, op. cit., p. 21. Vid. Moses I. Finley, El nacimiento de la política, Crítica, Barcelona, 2015, pp. 59-60.

[27] Cit. Jonathan Scott, op. cit., p. 201.

[28] Vid. Rachel Foxley, op. cit., p. 95.

[29] Id., pp. 93-92 y 96-99.

[30] Thomas Paine, op. cit., p. 66.

[31] Vid. Rachel Foxley, op. cit., p. 111.

[32] Vid. Lorenzo Sabbadini, op. cit., p. 88.

[33] Cfr. id., pp. 131 y 135.

[34] C. B. Macpherson, op. cit., p. 159.

[35] Id. p. 215, n. 76.

[36] J. G. A. Pocock, La Ancient Constitution y el derecho feudal…, p. 369, n. 49.

[37] Cfr. Blaise Pascal, Pensamientos, 423.

[38] Cfr. C. B. Macpherson, op. cit., pp. 215-216 y 218.

[39] Vid. Johathan I. Israel, La Ilustración radical. La filosofía y la construcción de la modernidad, 1650-1750, Fondo de Cultura Económica, México, D. F., 2012, pp. 41-42.

[40] Pieter de la Court, The True Interest and Political Maxims, of the Republic of Holland, John Campbel, London, 1746, p. 14.

[41] Wyger R. E. Velema, «‘That a Republic is Better than a Monarchy’: Anti-monarchism in Early Modern Dutch Political Thought», en Martin van Gelderen y Quentin Skinner (eds.), Republicanism. A Shared European Heritage. Vol. 1, Republicanism and Constitutionalism in Early Modern Europe, Cambridge University Press, Cambridge, 2002, p. 10.

[42] Eco Haitsma Mulier, «The language of seventeenth-century republicanism in the United Provinces: Dutch or European?», en Anthony Pagden (ed.), The Languages of Political Theory in Early-Modern Europe, Cambridge University Press, Cambridge, 1987, pp. 184-185, 187-189 y 195.

[43] Arthur Weststeijn, Commercial Republicanism in the Dutch Golden Age. The Political Thought of Johan & Pieter de la Court, Brill, Leiden-Boston, 2012, pp. 69 y 133.

[44] Cit. Maurizio Viroli, De la política a la razón de estado. La adquisición y transformación del lenguaje político (1250-1600), Akal, Madrid, 2009, pp. 218 y 294. Vid. Francesco Guicciardini, Recomendaciones y advertencias relativas a la vida pública y a la vida privada, 66.

[45] Cfr. Arthur Weststeijn, op. cit., pp. 173 y 176 y G. R. Elton, La Europa de la reforma 1517-1559, Siglo XXI, Madrid, 2016, 2016, p. 311.

[46] Rudi Verburg, «The Dutch Background of Bernard Mandeville’s Thought: Escaping the Procrustean Bed of Neo-Augustinianism», en Erasmus Journal for Philosophy and Economics, Vol. 9, Issue 1, Spring, 2016, p. 44.

[47] Vid. John P. McCormick, «Machiavelli Against Republicanism. On the Cambridge School’s “Guicciardianian Moment”», en Political Theory, Vol. 31, N° 5, Octuber, 2003, pp. 620 y 637.

[48] Baruch Spinoza, Tractatus theologico-politicus, 192 y 240 y Tratado político, VII, §4. Cfr. Marjorie Grice-Hutchinson, The School of Salamanca. Readings in Spanish Monetary Theory 1544-1605, Clarendon Press, Oxford, 1952, pp. 66-70.

[49] Vid. Hans W. Blom, «Virtue and Republicanism. Spinoza’s political philosophy in the context of the Dutch Republic», en Elisabeth Müller-Luckner y Helmut Koenisberger (eds.) Republiken und Republikanismus im Europa der Frühen Neuzeit, Oldenbourg Verlag, München, 1988, p. 195.

[50] Vid. Marjorie Grice-Hutchinson, op. cit., pp. 43-44; Peter Burke, Venecia y Ámsterdam. Estudio sobre las élites del siglo XVII, Gedisa, Barcelona, 1996, p. 172 y Anthony Pagden, La caída del hombre natural. El indio americano y los orígenes de la etnología comparativa, Alianza Editorial, Madrid, 1988, p. 92.

[51] Baruch Spinoza, Tractatus theologico-politicus, 91.

[52] Jonathan I. Israel, op. cit., p. 343.

[53] Vid. Lewis Samuel Feuer, Spinoza and the Rise of Liberalism, Beacon Press, Beacon Hill, Boston, 1958, p. 164.

[54] Catherine Secretan, «“True Freedom” and the Dutch Tradition of Republicanism», en Republics of Letters: A Journal for the Study of Knowledge, Politics, and the Arts, Vo. 2, N° 1, December 15, p. 83.

[55] Cfr. Cary J. Nederman y Mary Elizabeth Sullivan, «Reading Aristotle through Rome: Republicanism and History in Ptolemy of Lucca’s De regimine principum», en European Journal of Political Theory, Vol. 7, N° 2, p. 224.

[56] Cfr. Algernon Sidney, Discourses Concerning Government, II, XII.

[57] Peter Burke, op. cit., pp. 41, 142-143 y 163.

[58] Vid. Pierre Grimal, Los extravíos de la libertad, Gedisa, Barcelona, 1998, pp. 50-51.

[59] Nicolás Maquiavelo, Historia de Florencia, II, XXXIII.

[60] Cfr. John Locke, Two Treatises of Government, II, IV, §87.

[61] Cfr. Jonathan I. Israel, op. cit., pp. 773-774.

[62] Vid. Jonathan Scott, op .cit., p. 111.

[63] Pieter de la Court, op .cit., p. 415-416.

[64] Cfr. Catherine Secretan, op .cit., p. 91; Steve Pincus, «Neither Machiavellian Moment nor Possessive Individualism: Commercial Society and the Defenders of the English Commonwealth», n The American Historical Review, Vol. 103, N° 3, June, 1998, p. 722; y Arthur Weststeijn, op. cit., pp. 243-244 y 279-280.

[65] Vid. Paul A. Rahe, Against Throne and Altar. Machiavelli and Political Theory Under the English Republic, Cambridge University Press, Cambridge, 2008, pp. 320 y 346.

[66] James Madison, «N° 51», en The Federalist, Liberty Fund, Indianapolis, 2001, p. 268.

[67] Vid. Aristóteles, Política, IV, 8,1294a, 5.

[68] Vid. Jonathan Scott, «Classical Republicanism in Seventeenth-century England and the Netherlands», en Martin van Gelderen y Quentin Skinner (eds.), Republicanism. A Shared European Heritage. Vol. 1, Republicanism and Constitutionalism in Early Modern Europe, Cambridge University Press, Cambridge, 2002, p. 65 y Amy Shields, The Influence of Dutch and Venetian Political Thought on Seventeenth-Century English Republicanism, Doctor Philosophy (Thesis), School of History, Classics and Archaeology, Newcastle University, Newcastle upon Tyne, 2017, pp. 80, 142 y 189.

[69] James Harrington, La república de Oceana, Fondo de Cultura Económica, México, D.F., 1996, p. 48.

[70] Cfr. Rachel Hammersley, op. cit., p. 190.

[71] Amy Shields, op. cit., p. 50.

[72] Cfr. David Armitage, Las declaraciones de independencia. Una historia global, Marcial Pons, Madrid, 2012, p. 46 y Gabriel Albiac, La sinagoga vacía. Un estudio de las fuentes marranas del espinosismo, Tecnos, Madrid, 2013, p. 116.

[73] Vid. Isaiah Berlin, «Dos conceptos de libertad», en Sobre la libertad, Alianza Editorial, Madrid, 2004, pp. 205-255.

[74] Algernon Sidney, op. cit., III, XXV.

[75] Cfr. Catherine Secretan, op. cit., p. 91. Vid. Pieter de la Court, op. cit., pp. 195-196,199-200 y 308. Vid. id., II, V-X.

[76] John Locke, op. cit., II, VI, §57.

[77] Pieter de la Court, op. cit., p. 218.

[78] Cfr. Perry Anderson, El estado absolutista, Siglo Veintiuno Editores, México, D.F., 2002, p. 436 y Pierre Grimal, op. cit., p. 43.

[79] John Locke, «A Letter Concerning Tolerance», en The works of John Locke, Vol. V, Rivington, London, 1824, p. 10.

[80] Cfr. Pieter de la Court, op. cit., pp. 30-31.

(Publicado en la revista Laissez-Faire, N° 58-59, Ciudad de Guatemala, 2023, pp. 14-28.)

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